DESCRIPCIÓN

Su capacidad de trabajo es el mayor capital que tiene, y un accidente corporal puede poner en peligro su nivel de vida y el de los suyos al incidir directamente sobre esa capacidad de trabajo que le permite sostener ese determinado nivel de vida.

En caso de que fallezca a consecuencia de un accidente, MUSAAT le garantiza en su seguro de Accidentes una indemnización a favor de los beneficiarios que designe en póliza; y si la consecuencia del accidente es una invalidez permanente, a través del seguro de MUSAAT usted percibirá una indemnización que le permitirá, por ejemplo, paliar la falta de ingresos debida a la imposibilidad de desarrollar totalmente su trabajo, o hacer frente a gastos en los que tenga que incurrir a consecuencia de la incapacidad que se le haya declarado.

Igualmente, si contrata la garantía de asistencia médica, con el seguro de Accidentes de MUSAAT nos encargaremos de los gastos necesarios para que pueda seguir el tratamiento que le hayan ordenado médicamente.

VENTAJAS Y CARACTERÍSTICAS

  • Se puede contratar si es menor de 70 años.
  • Cobertura tanto para accidentes que tengan lugar durante la jornada laboral como para accidentes que pueda sufrir en su vida privada, como son los accidentes domésticos o los acontecidos durante el desarrollo de una actividad lúdica.
  • Posibilidad de contratación de la cobertura de Invalidez Temporal para aquellos profesionales que lo deseen.
  • Garantía de asistencia médica de libre elección en territorio nacional.

COBERTURAS

El seguro garantiza el pago de las indemnizaciones previstas en póliza para las garantías que corresponden al producto contratado cuando el asegurado sufra un accidente corporal.

Garantías en ACCIDENTES:

FALLECIMIENTO (Muerte del asegurado)

Anticipo para gastos derivados del fallecimiento: Se adelantará a cargo de la indemnización de fallecimiento el 10% de la suma asegurada para dicha garantía con un máximo de 6.000 €, para atender los gastos justificados de sepelio o liquidación de impuestos derivados del fallecimiento del asegurado.

Doble indemnización por fallecimiento en accidente de circulación: Accidente de circulación es el ocurrido al asegurado en calidad: de peatón en vía pública, causado por vehículo a motor; conductor no profesional o pasajero de un vehículo terrestre; usuario de transportes públicos terrestres, marítimos o aéreos, no perteneciente al personal que trabaje en los mismos.

INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL (Es la pérdida anatómica o funcional de los miembros y facultades del asegurado de carácter permanente, cuya recuperación no se estime previsible de acuerdo con el dictamen de los peritos nombrados, y que de acuerdo con el baremo establecido en la póliza alcance el porcentaje de 100.)

Doble indemnización por invalidez permanente total en accidente de circulación: Accidente de circulación es el ocurrido al asegurado en calidad: de peatón en vía pública, causado por vehículo a motor; conductor no profesional o pasajero de un vehículo terrestre; usuario de transportes públicos terrestres, marítimos o aéreos, no perteneciente al personal que trabaje en los mismos.

INFARTO DE MIOCARDIO Y CEREBRAL (OPCIONAL) (Infarto de miocardio: Muerte o necrosis de una parte del músculo cardíaco como resultado de un insuficiente suministro sanguíneo.)

Garantías que se añaden en ACCIDENTES PLUS son:

INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL (Invalidez Permanente Parcial: Es la pérdida anatómica o funcional de los miembros y facultades del asegurado de carácter permanente, cuya recuperación no se estime previsible de acuerdo con el dictamen de los peritos nombrados y que de acuerdo con el baremo establecido en póliza no alcance el porcentaje de 100.)

Doble indemnización por invalidez permanente parcial en accidente de circulación: Accidente de circulación es el ocurrido al asegurado en calidad: de peatón en vía pública, causado por vehículo a motor; conductor no profesional o pasajero de un vehículo terrestre; usuario de transportes públicos terrestres, marítimos o aéreos, no perteneciente al personal que trabaje en los mismos.)

GASTOS DE ASISTENCIA MÉDICA (OPCIONAL) (honorarios de los médicos y gastos de intervenciones quirúrgicas, de hospitalización y farmacéuticos que necesariamente se hayan desembolsado para poder seguir el tratamiento ordenado médicamente.)

Indemnización diaria por INVALIDEZ TEMPORAL (OPCIONAL): Invalidez Temporal es la pérdida anatómica o funcional de los miembros y facultades del asegurado que, de acuerdo con el dictamen de los peritos médicos se estime recuperable y durante el tiempo que impida la normal realización de su trabajo habitual.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿El seguro de Accidentes sigue teniendo cobertura a pesar de haber cesado por jubilación en el ejercicio de la profesión?

La cobertura que otorga el seguro es tanto para los accidentes que tengan lugar durante el ejercicio de la profesión como para los que pueda tener en la vida privada.

¿En qué consiste la cobertura de Invalidez Temporal?

Bajo esta cobertura se indemniza una cantidad diaria por cada día que el asegurado, a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, no pueda desarrollar sus ocupaciones laborales.

¿Cómo opera la cobertura opcional de asistencia médica?

MUSAAT rembolsará, previa justificación documental, los gastos ocasionados por la necesaria aplicación de un tratamiento que haya sido ordenado médicamente a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza. Para ello, el asegurado deberá informar a MUSAAT sobre la evolución del tratamiento y las visitas o controles médicos que se vayan estableciendo por el médico asistencial.

Si no hay una designación expresa de beneficiario/s, ¿quién percibe la indemnización en caso de fallecimiento del asegurado?

Si el asegurado no ha hecho expresamente una designación de beneficiarios, estos serán los legalmente establecidos.

DESCARGA DE FORMULARIOS

Puede descargar los formularios de solicitud en formato PDF desde los siguientes enlaces y nos los puede remitir una vez rellenados a nuestro e-mail comercial@segartecibiza.com para la elaboración de un presupuesto: