Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas (PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021).

Descripción Financiar la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad universal tanto en edificios de viviendas de tipología residencial como en viviendas unifamiliares ya sean urbanas o rurales y en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial.
Beneficiarios

Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.

Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.

Las sociedades cooperativas.

Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.

Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios así como cooperativas que acrediten dicha condición.

Requisitos

Tipo de vivienda:

  • Viviendas unifamiliares, viviendas dentro de un edificio residencial colectivo y edificios.
  • Antigüedad preferentemente anterior 1996
  • 70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda
  • 50% viviendas del edificio deben constituir domicilio habitual
Cuantía de la ayuda

Límite de la ayuda:

  • Con carácter general 40% de la inversión.
  • 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM o de obras de accesibilidad cuando los residentes sean personas discapacitadas o sean mayores de 65 años.

Conservación:

  • Hasta 3.000 €

Accesibilidad

  • Hasta 8.000€/ vivienda
  • Hasta 14.000€/ vivienda para personas con discapacidad
  • Hasta 17.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
  • Incremento por BIC: 1.000€/ vivienda
  • Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes

Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural (PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021).

Descripción Financiar las obras de rehabilitación de edificios de viviendas y viviendas individuales, así como obras de urbanización de los espacios públicos adyacentes y obras para la construcción de edificios y viviendas que sustituyan a otros que previamente se han demolido en la misma zona.
Beneficiarios Agente ejecutor de las actuaciones
Requisitos Límite de la ayuda:

  • Con carácter general 40% de la inversión
  • 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM o de obras de accesibilidad cuando los residentes tengan movilidad reducida o sean mayores de 65 años.

Calificación energética mínima de las viviendas nuevas B

70% de la edificabilidad sobre rasante tendrá uso residencial.

Límite temporal: 5 años

Cuantía de la ayuda
  • Con carácter general 40% de la inversión
  • 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM o de obras de accesibilidad cuando los residentes tengan movilidad reducida o sean mayores de 65 años.

Rehabilitación: hasta 12.000€/vivienda y 120€/m2 local

Renovación/nueva construcción: hasta 30.000€/vivienda.

Urbanización: hasta 2.000€/vivienda rehabilitada o construida.

Realojo: hasta 4.000/año (máx. 3) por unidad de convivencia.

Equipos técnicos y oficinas de planeamiento: hasta 1.000€/vivienda

Incremento por BIC : 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local.

Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en viviendas (PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021).

Descripción Regular las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencia colectiva.
Beneficiarios Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.

Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.

Las sociedades cooperativas.

Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.

Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.

Empresas de servicios energéticos.

Requisitos de los arrendamientos Tipo de vivienda: Vivienda unifamiliares y edificios.

El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.

Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:

  • Zonas climáticas D y E: 35%
  • Zona climática C 25%
  • Zonas climáticas alfa, A y B 20%

Antigüedad preferentemente anterior 1996

70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda.

Cuantía de la ayuda

Límite de la ayuda:

  • Con carácter general 40% de la inversión.
  • 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM

Viviendas unifamiliares:

  • Hasta 12.000€
  • Hasta 18.000€ para personas con discapacidad.
  • Hasta 24.000€ para personas con determinado grado de discapacidad.
  • Incremento por BIC: 1.000€
  • Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes

Edificios

  • Hasta 8.000€/vivienda y 80€/m2 de local
  • Hasta 12.000€/vivienda para personas con discapacidad
  • Hasta 16.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
  • Incremento por BIC: 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local
  • Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes

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