NORMATIVA

Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos.

Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (LUIB).

Disposición transitoria cuarta. Procedimiento de implementación de la red de saneamiento.

«1. Los municipios que, con anterioridad al 21 de agosto de 2017, hayan aprobado inicialmente una modificación puntual de su planeamiento donde hayan previsto ámbitos de suelo urbano sin red de saneamiento, de acuerdo con lo indicado en la disposición adicional octava de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, podrán seguir tramitándola conforme a la legislación anterior.

2. En los suelos urbanos de uso predominantemente residencial existentes a fecha de 21 de agosto de 2016 que no dispongan de red de saneamiento, y para los que no resulte procedente la aplicación de lo previsto en el apartado anterior, se podrán otorgar licencias de edificación de nueva planta para uso residencial, así como los correspondientes finales de obra, licencias de primera ocupación y cédulas de habitabilidad correspondientes, de acuerdo con la normativa aplicable, siempre que concurran los siguientes requisitos:

a) Que no sean edificios plurifamiliares.

b) Que dispongan de un sistema de recogida de aguas residuales homologado que garantice un adecuado tratamiento.

c) Que los promotores garanticen, de cualquier forma admitida en derecho, la ejecución de las obras para la conexión a la red de saneamiento, una vez que esta esté efectivamente implantada y en funcionamiento.

d) Que el ayuntamiento, mediante un acuerdo plenario, haya expresado su compromiso de:

i. Dotar de alcantarillado estas zonas urbanas que no dispongan de red de saneamiento.

ii. O, si fuera el caso, en zonas urbanas en las que sea inviable la dotación de alcantarillado, modificar el planeamiento general del municipio, de conformidad con lo indicado en la disposición adicional octava de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.

e) Que la licencia se otorgue dentro de los plazos indicados en los puntos 3 y 4 de esta disposición.

En cumplimiento del requisito previsto en el apartado 2.b) anterior se acreditará que el interesado ha hecho una comunicación previa en la que se indicará detalladamente el sistema homologado de tratamiento ante la administración competente en recursos hídricos a fin y efecto de que controle los impactos posibles sobre el medio ambiente.

En cumplimiento del requisito previsto en el apartado 2.d) anterior, el acuerdo del pleno será eficaz a partir de la fecha de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».

3. Para poder hacer efectiva la posibilidad de otorgar estas licencias de edificación en el caso del supuesto indicado en el punto 2.d).i anterior, se establecerán los siguientes plazos:

a) Se establecerá un plazo máximo de un año desde la fecha de 21 de agosto de 2016.

Si durante este plazo el ayuntamiento no hubiera aprobado el correspondiente proyecto de urbanización, de dotación de servicios o de obras ordinarias —según sea el caso— para implantar la red de saneamiento en la zona donde se demande la licencia y las conexiones al sistema general de depuración, la exención que permite otorgar licencias, según lo establecido en el punto 2 anterior, quedará automáticamente sin vigencia.

Cuando el proceso de aprobación del proyecto indicado requiera un informe preceptivo y/o vinculante o autorización de otra administración, el plazo máximo establecido quedará interrumpido. A tal efecto, no computará en este plazo el periodo comprendido entre la fecha de solicitud del informe a la administración correspondiente y la fecha de entrada en el ayuntamiento del mencionado documento.

Sin embargo, el plazo no quedará interrumpido en los periodos que excedan de lo legalmente previsto en que el ayuntamiento no cumplimente los requerimientos o las peticiones de documentación realizados por la administración que informará o autorizará.

b) En las zonas donde se haya cumplido lo indicado en el apartado 3.a) anterior, se establecerá un plazo añadido de dos años desde la aprobación del correspondiente proyecto.

Si durante este plazo el correspondiente ayuntamiento no hubiera adjudicado las actuaciones u obras correspondientes al proyecto referido anteriormente, la exención que permita otorgar licencias, según lo establecido en el punto 2 anterior, quedará automáticamente sin vigencia.

c) En las zonas donde se haya cumplido lo indicado en el apartado 3.b) anterior, se establecerá otro plazo añadido de dos años desde la adjudicación de las referidas obras.

Si durante este plazo el ayuntamiento correspondiente no hubiera ejecutado las mencionadas actuaciones u obras, la exención que permita otorgar licencias, según lo establecido en el punto 2 anterior, quedará automáticamente sin vigencia.

d) En las zonas donde se haya cumplido lo indicado en el apartado 3.c) anterior, se establecerá un último plazo de un año desde el acta de recepción de las referidas actuaciones u obras.

Si durante este plazo la administración responsable, el ayuntamiento y/o el Gobierno, no hubiera puesto en funcionamiento el sistema de depuración, distribución y emisión de las aguas depuradas de forma adecuada, la exención que permita otorgar licencias, según lo establecido en el punto 2 anterior, quedará automáticamente sin vigencia.

4. Para poder hacer efectiva la posibilidad de otorgar estas licencias de edificación en el caso del supuesto indicado en el punto 2.d).ii anterior, se establecerán los siguientes plazos:

a) Se establecerá un plazo máximo de un año desde la fecha de 21 de agosto de 2016.

Si durante este plazo el ayuntamiento correspondiente no hubiera aprobado inicialmente la modificación del planeamiento general, la exención que permita otorgar licencias, según lo establecido en el punto 2 anterior, quedará automáticamente sin vigencia.

b) En las zonas en que se haya cumplido lo indicado en el apartado 4.a) anterior, se establecerá un plazo añadido de dos años desde la aprobación inicial de la modificación del planeamiento general.

Si durante este plazo el ayuntamiento no hubiera obtenido la aprobación definitiva de la modificación del planeamiento general, la exención que permita otorgar licencias, según lo establecido en el punto 2 anterior, quedará automáticamente sin vigencia.

Cuando el proceso de aprobación requiera informes de otras administraciones, el plazo máximo establecido quedará interrumpido. A tal efecto no computará en este plazo el periodo comprendido entre la fecha de solicitud de los informes a las correspondientes administraciones y la fecha de entrada en el ayuntamiento del último de los documentos mencionados.

Sin embargo, el plazo no quedará interrumpido en los períodos que excedan de lo previsto legalmente en que el ayuntamiento no cumplimente los requerimientos o las peticiones de documentación realizados por la administración que debe informar.

5. Aunque la exención quede sin vigencia por el transcurso de los plazos establecidos, las licencias ya otorgadas podrán obtener los correspondientes finales de obra, licencias de primera ocupación y cédulas de habitabilidad.

6. En caso de que haya transcurrido uno de los plazos definidos en los números 3 y 4 de esta disposición, si el ayuntamiento realizase la actuación prevista y no hubiera transcurrido el siguiente plazo, volverá a ser de aplicación la exención que permite otorgar licencias.«

Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por la que se modifica su anexo.

Ley 4/2017, de 12 de julio, de Industria de las Illes Balears.

Ley 12/2016, de 17 de agosto (versión consolidada CAT), de evaluación ambiental de las Illes Balears. Disposición final quinta. Modificación de la disposición transitoria cuarta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.

Decreto Legislativo 1/2016, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 6 de mayo (consolidada CAT), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 9/1991, de 27 de noviembre, reguladora del canon de saneamiento de aguas.

Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental.

REAL DECRETO 701/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears. Capítulo VII Del tratamiento de las aguas residuales y de la ordenación de vertidos (artículos 76 a 83).

Texto explicativo (artículo 81.3 y anexo 4, PHIB)

Capítulo VII Del tratamiento de las aguas residuales y de la ordenación de vertidos

Sección 1ª Del tratamiento de las aguas residuales

Artículo 76 al 83.

Orden AAA/2056/2014, de 27 de octubre, por la que se aprueban los modelos oficiales de solicitud de autorización y de declaración de vertido.

LEY 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo (LOUS). Norma derogada, con efectos de 1 de enero de 2018, por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre.

Disposición transitoria cuarta. Procedimiento de implementación de la red de saneamiento.

Disposición adicional octava Exención de la implantación de la red de saneamiento.

Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, por la que se establece el orden de prioridad y el calendario para la aprobación de las órdenes ministeriales a partir de las cuales será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria, previstas en la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

Decreto 116/2010, de 19 de noviembre (original), de determinación y delimitación de zonas vulnerables por la contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrarias y su programa de seguimiento y control del dominio público hidráulico.

Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los vertidos al mismo.

Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas.

Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la EdificaciónDB HSSalubridad “SECCIÓN HS 5″.

REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de AguasCAPÍTULO II De los vertidos Sección 1.ª Vertidos al dominio público hidráulico. [Téngase en cuenta que quedan derogadas las autorizaciones de vertidos a las aguas continentales de cuencas intracomunitarias, según establece la disposición derogatoria única. 2 de la Ley 16/2002, de 1 de julio (ley derogada por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre)].

Directiva 1999/31/CE del Consejo de 26 de abril de 1999 relativa al vertido de residuos.

Real Decreto 2116/1998, de 2 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. TRANSPONE Directiva 98/15/CE. Corrección de erratas.

Directiva 98/15/CE de la Comisión, de 27 de febrero de 1998, por la que se modifica la Directiva 91/271/CEE del Consejo en relación con determinados requisitos establecidos en su anexo I.

Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo (versión consolidada), de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre (consolidada), por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. TRANSPONE Directiva 91/271/CEE.

Resolución de 28 de abril de 1995, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995, por el que se aprueba el Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales.

Orden de 13 de julio de 1993 por la que se aprueba la instrucción para el proyecto de conducciones de vertidos desde tierra al mar. Corrección de errores.

Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.

Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones. Corrección de errores.

REAL DECRETO 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (ley derogada por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio).

Orden de 28 de julio de 1974 por la que se aprueba el «Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimientos de agua» y se crea una «Comisión Permanente de Tuberías de Abastecimiento de Agua y de Saneamiento de Poblaciones». Corrección de errores.

ORDENANZAS

CÓDIGO LER

Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.

CÓDIGOS LER (LISTA COMPLETA)

1908 Residuos de plantas de tratamiento de aguas residuales no especificados en otra categoría

  • 190801 Residuos de cribado.
  • 190802 Residuos de desarenado.
  • 190805 Lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas.
  • 190806 Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas.
  • 190807 Soluciones y lodos de la regeneración de intercambiadores de iones.
  • 190808 Residuos procedentes de sistemas de membranas que contienen metales pesados.
  • 190809 Mezclas de grasas y aceites procedentes de la separación de agua/sustancias aceitosas que contienen aceites y grasas comestibles.
  • 190810 Mezclas de grasas y aceites procedentes de la separación de agua/sustancias aceitosas distintas de las especificadas en el código 19 08 09.
  • 190811 Lodos que contienen sustancias peligrosas procedentes del tratamiento biológico de aguas residuales industriales.
  • 190812 Lodos procedentes del tratamiento biológico de aguas residuales industriales distintos de los especificados en el código 19 08 11.
  • 190813 Lodos que contienen sustancias peligrosas procedentes de otros tratamientos de aguas residuales industriales.
  • 190814 Lodos procedentes de otros tratamientos de aguas residuales industriales, distintos de los especificados en el código 19 08 13.
  • 190899 Residuos no especificados en otra categoría.

Lodos de tratamiento de aguas residuales urbanas: son los lodos residuales resultantes de todo tipo de estaciones depuradoras de aguas residuales domésticas, urbanas o similares, así como los procedentes de fosas sépticas y de otras instalaciones similares, utilizadas para el tratamiento de las aguas residuales de uso doméstico. 

SISTEMAS RESIDENCIALES

SISTEMAS URBANOS

SISTEMAS URBANOS DE DRENAJE SOSTENIBLE (SUDS)

LOS SISTEMAS URBANOS DE DRENAJE SOSTENIBLE: UNA ALTERNATIVA A LA GESTIÓN DEL AGUA DE LLUVIA  (Sara Perales Momparler e Ignacio Andrés-Doménech, 2015).

Técnicas de Drenaje Urbano Sostenible  (Arturo Trapote Jaume y Héctor Fernández Rodríguez, 10/2016).

Tipologías de las técnicas de drenaje urbano sostenible

Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible – SUDS

Las comparaciones son odiosas, SUDS vs alcantarillado

3 diferencias entre el drenaje sostenible y el convencional

Sistemas de Drenaje Urbano Sostenible versus Cambio Climático

¿Cuándo aterrizarán los Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS)?

Regeneración urbana en el barrio Les Roquetes, Barcelona

Planificación urbana sostenible del agua

Rain Gardens: Tu propia aportación al urbanismo sostenible

      

SANEAMIENTO URBANO 

Informe sobre aguas residuales en España 2017  (AEAS).

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO 5´ – DESBORDAMIENTOS DE SISTEMAS DE SANEAMIENTO EN EPISODIOS DE LLUVIA , MAPAMA.

Apoyo a las canalizaciones de hormigón (Revista Técnica Cemento Hormigón)

Recomendaciones Técnicas para la Regulación del Servicio de Saneamiento de Agua Urbana. Colaboración FEMP (AEAS, 2014).

Manual Nacional de Recomendaciones para el Diseño de Tanques de Tormenta  (MAPAMA, 2014).

Tanques de Tormenta/ Aguas  (EOI, 2015/2016).

Concepto de tanque de tormenta  (UNIVERSIDAD DE MÁLAGA).

Tanques de tormenta  (Alberto Ayesa, Hidrostank )

Redes de saneamiento (I) 

Redes de saneamiento (II): Diseño de conducciones en redes separativas sanitarias 

Redes de saneamiento (III): Estadística hidrológica 

Diseño de alcantarillas (IV) El método racional 

Recomendaciones para la instalación de una red de saneamiento urbano

Ecodiseño en las Tuberías de PVC Orientado

CANALIZACIONES DE HORMIGÓN: Estado actual y proyección (presentación de Scribd)

Consejos para la instalación de medidores de caudal de aguas residuales

Pruebas de estanquidad, con agua o con aire, de las tuberías de saneamiento

Introducción a los pozos de registro para redes de saneamiento y drenaje urbano

Tipos de pozos para redes de saneamiento y drenaje urbano

Relleno de la zanja en la instalación de tuberías

Coeficiente de carga de las tierras sobre tubo instalado en zanja

Rehabilitación de tuberías de saneamiento

Renovación de redes de abastecimiento y saneamiento mediante técnicas TIGHT IN PIPE (TIP)

Arquetas sifónicas

Los costes ocultos del alcantarillado por gravedad frente al alcantarillado por vacío

Las VENTAJAS del alcantarillado por vacío frente al alcantarillado por gravedad

Sistemas de saneamiento básico sustentable. Tipos, técnicas y ejemplos

        

     

DEPURACIÓN Y VERTIDOS

Manual para la implantación de sistemas de depuración en pequeñas poblaciones  (CEDEX/CENTA, 2010).

Guía de soluciones tecnológicas para la eficiencia de las EDAR   (AQUALITRANS, 12/2017).

Guía práctica para la depuración de aguas residuales en pequeñas poblaciones  (CHD, 2012).

Depuración sostenible en pequeñas poblaciones del ámbito rural  (HYDRA).

Publicaciones de libre descarga (LIBROS) de aguas residuales.

Sustancias, materiales y productos cuyo vertido a la Red de Saneamiento está prohibido ANEXO 5 del PHIB 2015 .

Manual para la gestión de vertidos , MAPAMA.

Informes sobre autorizaciones de vertido (MAPAMA).

Minimum quality requirements for water reuse in agricultural irrigation and aquifer recharge  (JRC, 2017).

Vertidos de aguas residuales (MAPAMA).

Fichas Medio Ambiente Junta Castilla y León :

Para otorgar una autorización provisional de vertido se precisa la presentación de un proyecto técnico sobre la adecuación de la instalación  (JURISPRUDENCIA – TRIBUNAL SUPREMO).

Compendio de Sistemas y Tecnologías de Saneamiento 

JORNADA SOBRE DEPURACIÓN EN PEQUEÑOS NÚCLEO URBANOS. Sistemas de depuración en pequeñas poblaciones  (Confederación Hidrográfica del Tajo, 02/12/2015).

MANUAL DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES URBANAS  (Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua de Sevilla, 2008).

Guía Técnica Española de Recomendaciones para el Reciclaje de Aguas Grises en Edificios (Aqua España, 2011).

Decálogo de la depuración de las aguas residuales en las pequeñas poblaciones

Guía rápida sobre la Orden ARM/1312/2009 que regula los sistemas para el control efectivo de volúmenes de agua

Tratamiento de aguas residuales

Los 18 elementos de una Estación Depuradora de Aguas Residuales, paso a paso.

Depuración para principiantes: Ejemplo de flexibilidad EDAR

GLOSARIO

Sistemas con reactores aeróbicos para tratar aguas residuales

Tanque Imhoff: historia y principio de funcionamiento

Cómo funcionan los equipos DAF en las estaciones depuradoras de aguas residuales

   

POTABILIZACIÓN Y REUTILIZACIÓN

Redes de reutilización de agua regenerada (ASETUB, Agosto 2016) .

A-23. Reutilización de aguas grises Fichas Medio Ambiente Junta Castilla y León 

Guía Técnica de recomendaciones para el reciclaje de aguas grises en edificios (AQUA ESPAÑA, 2016).

Guía Técnica Española de recomendaciones para el Reciclaje de Aguas Grises en Edificios  (AQUA ESPAÑA, 2011)

Uso seguro de aguas residuales en la agricultura: ejemplos de buenas prácticas  (United Nations University).

Reutilización de aguas grises: Una práctica al alcance de todos

Reutilización de aguas depuradas (MAPAMA).

Sobre la reutilización de agua

El tratamiento de potabilización

HUMEDALES ARTIFICIALES

HUMEDALES ARTIFICALES Y ESTANQUES

Manual de Diseño: Humedal Construido para el Tratamiento de las Aguas Grises por Biofiltración 

Humedales artificiales para depuración   (Jesús Fernández González).

Humedal de flujo vertical para tratamiento terciario del efluente físico-químico de una estación depuradora de aguas residuales domésticas 

Manual sobre FITODEPURACIÓN (Jesús Fernández González, UPM 2009) 

Modelación hidráulica de humedales artificiales de flujo sub-superficial horizontal  (Josué Bernardo Larriva Vásquez, Orestes Arsenio González Díaz, 2017).

Manual técnico para una gestión óptima de la hidráulica en humedales restaurados para mejora del hábitat y de la calidad del agua 

Los humedales artificiales

Humedales artificiales: Una solución basada en la naturaleza para el Día Mundial del Agua

Este milagro ecológico en Calcuta es también el sistema de gestión orgánico de aguas residuales más grande del mundo

Fitodepuracion y evapotranspiracion

Tratamiento y regeneración de aguas residuales urbanas mediante filtros verdes

Lagunaje 2.0: depurando aguas residuales/cosechando microalgas (I)

Lagunaje 2.0: cosechando microalgas/depurando aguas residuales (y II)

Introducción a los Humedales Artificiales como tratamiento de las aguas residuales

Humedales Artificiales (II): Tamices de Helófitas en Flotación

Tratamiento de aguas residuales mediante humedales artificiales: el Sistema Francés (I)

Tratamiento de aguas residuales mediante humedales artificiales: el Sistema Francés (y II)

Humedales Artificiales: Nuestros vecinos los cuentan por miles, nosotros solo por decenas

       

TRÁMITES Y GUÍAS. APLICACIONES

TRÁMITES Y GUÍAS

Descarga documento .

Declaración responsable de utilización de lodos de depuración .
Aguas residuales: informe sobre la reutilización.

Emitir informe vinculante sobre los proyectos de reutilización de aguas residuales con el fin de evitar riesgos sanitarios.

Comunicación previa de la instalación de un sistema autónomo de depuración de aguas residuales.

Este trámite es diferente de la declaración responsable de la instalación de un sistema autónomo de depuración de acuerdo con el artículo 81.3 del Plan Hidrológico de las Illes Balears, aprobado por el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio, que se tiene que presentar en la Dirección General de Recursos Hídricos una vez instalado el sistema de depuración y se tiene que acreditar su adquisición.

Declaración responsable de la instalación de un sistema autónomo de depuración

Este trámite es diferente de la comunicación previa de la instalación de un sistema autónomo de depuración de aguas residuales que se tiene que presentar a la Dirección General de Recursos Hídricos para cumplir con la disposición transitoria cuarta de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.

APLICACIONES

PROGRAMA DE CÁLCULO MECÁNICO DE TUBOS DE HORMIGÓN. requiere registro

Actualización del programa de cálculo mecánico de tubos de hormigón de ANDECE 

LYNX ASM1. Simulación de procesos en tratamiento secundario de EDAR

Lynx ASM1 es un simulador de procesos en tratamiento secundario de EDAR, desarrollado por LYNX Simulations. El programa se basa en el modelo Activated Sludge Model no. 1 (ASM1) para la simulación de reactores biológicos, incluyendo el modelado de otros fenómenos relevantes como decantación y retorno de fangos. El usuario puede configurar su propia EDAR, especificando el número de zonas, sus características, caudales, rendimiento del decantador, etc. Tras especificar la composición biológica del influente, así como las constantes ASM1 (por defecto las standards a 20ºC), el programa simula los procesos biológicos que tienen, durante el tiempo especificado por el usuario, tanto en régimen estacionario como dinámico. El programa cuenta con un módulo de post-proceso, donde el usuario podrá visualizar la concentración de cada uno de los componentes en cada una de las zonas para cada instante de tiempo, además de graficar su evolución temporal. Lynx ASM1 cuenta con un entorno sencillo y amigable, con el objetivo de facilitar la simulación al usuario.

LYNX CFD-ASM. Simulación CFD del tratamiento secundario de una EDAR

Lynx CFD-ASM es el primer programa de la línea Lynx CFD, proyecto llevado a cabo por la colaboración entre el Aula de Bioindicación Gonzalo Cuesta (ABGC) y LYNX Simulations, cuya finalidad es el desarrollo de software CFD libre aplicado a los distintos procesos que tienen lugar en EDAR. Lynx CFD-ASM abarca la simulación CFD de los procesos, tanto fluidodinámicos como biológicos que tienen lugar en el reactor biológico de una EDAR. El programa permite al usuario, entre otras opciones, la selección de la geometría, especificación de caudal influente, recirculado y tratado y caracterización biológica del influente.

LYNX ASM2d. (próximamente).