Vila implanta una plataforma de geolocalización de edificios

03/10/2018

El Ayuntamiento de Eivissa ha puesto en marcha una plataforma de geolocalización de edificios en el municipio para mejorar y agilizar los procesos administrativos en las áreas de Territorio y Comercio.

Según han explicado desde el Consistorio, se trata de un sistema en el que se ha incluido el control y gestión de los expedientes relativos a los Informes de Evaluación de Edificios.

El sistema es de uso exclusivo para técnicos municipales y permitirá agilizar el acceso a la información de edificios del núcleo histórico.

En la plataforma han sido introducidos los datos de cada edificio, por lo que se podrá disponer de la información completa de cada uno de los expedientes, como la referencia catastral o ubicación, entre otros detalles.

Según el Consistorio, el objetivo es mejorar la coordinación entre las distintas áreas municipales en cuanto a permisos de obras, ocupaciones de la vía pública o reformas.

La teniente de alcalde, Elena López, ha explicado que «la mejora continua del departamento, con la puesta en marcha de estas herramientas, permitirá a los técnicos cruzar datos y facilita y da agilidad a la administración municipal, lo que repercute en la ciudadanía».

La empresa proveedora celebra ya sesiones informativas con los técnicos para mostrarles el funcionamiento del sistema.

Noticia original en PERIÓDICO DE IBIZA

Desprendimiento de cascotes en la fachada de un edificio de la Avenida de España

16/04/2018

La Policía Local de Vila ha tenido que acordonar un tramo de acera en la Avenida de España, entre los edificios de los números 18-20, por desprendimientos de cascotes en la fachada a lo largo de esta tarde de lunes, 16 de abril.

Posteriormente han llegado los bomberos que se han hecho cargo de examinar las cornisas afectadas para comprobar el estado de las mismas y los posibles peligros.

Estos desprendimientos se han originado en dos cornisas de los últimos pisos y al parecer no se han tenidos que lamentar daños.

Noticia de NOU DIARI

BOIB nº 134 de 02/11/2017

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Informes de Evaluación de Edificios. Número de registro 12072 – Páginas 35688-35705. Descarga aquí.

Formalización del contrato de «Projecte de millora del paviment esportiu de les pistes exteriors dels col·legis públics de Portal Nou i Can Cantó«.  Número de registro 12062 – Páginas 35852-35853. Descarga aquí.

CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

Anuncio de acuerdo del Pleno del Consell Insular de Formentera de aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la ocupación de vía pública con terrazas y otras instalaciones. Número de registro 12037 – Páginas 35859-35874. Descarga aquí.

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Aprobación inicial «Proyecto ampliación y renovación red municipal de abastecimiento de agua de Sant Jordi«. Número de registro 12039 – Página 35896. Descarga aquí.

Aprobación inicial «Proyecto mejoras red municipal de abastecimiento. Actuaciones Cala Vedella, Cala Carbó y Cala Tarida«. Número de registro 12040 – Página 35897. Descarga aquí.

Nueva exposición pública del expediente 70/17, de modificación de la ordenanza municipal reguladora del ruido y las vibraciones. Número de registro 12051 – Página 35898. Descarga aquí.

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Aprobación inicial de los expedientes 2017/012561, 2017/012790 y 2017/012791 de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas municipales y de la tasa por la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo respectivamente. Número de registro 12071 – Página 35907. Descarga aquí.

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Resolución del Presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de archivo, por caducidad, del expediente núm. 19728/2006 relativo a la Revisión de las normas subsidiarias del planeamiento municipal de Sant Antoni de Portmany. Número de registro 12132 – Páginas 35788-35790. Descarga aquí.

Ibiza multará con hasta 3.000 euros a los edificios que no pasen inspección

Los propietarios de inmuebles de más de 50 años tienen de plazo hasta final de 2022 para evaluar su estado

29/10/20107

El Ayuntamiento de Ibiza sancionará con hasta 2.999 euros a los propietarios de edificios históricos que no presenten a tiempo los primeros informes sobre el estado de estos inmuebles. Las sanciones para los dueños de edificios no protegidos de más de 50 años pueden oscilar entre los 600 y los 1.500 euros, según la nueva ordenanza municipal de Informe de Evaluación de Edificios (IEE), que se aprobó de forma definitiva en el pleno de este pasado jueves. Esta normativa da un plazo de cinco años para presentar esta primera evaluación de los edificios antiguos de la ciudad.

Tras presentar un primer informe, los inmuebles deberán revisarse de nuevo cada diez años, según establece la ordenanza con la que se da cumplimiento a la ley estatal de 2011, por la que se fijó la obligación de realizar inspecciones periódicas a los edificios anteriores a 1964 en todo el Estado y que Vila ha tardado seis años en incorporar a su ordenamiento.

La normativa de las antes denominadas ITE (inspección técnica de edificio) es de carácter obligatorio y regula el estado de conservación de los inmuebles más antiguos. En 2013 se implanta el IEE que, además de su situación estructural, evalúa las condiciones de accesibilidad y la eficiencia energética.

El objetivo de esta ordenanza es no solamente el de garantizar las condiciones de seguridad de las edificaciones más antiguas de Vila, sino también adelantar la posible solución de problemas que se pueden agravar con el tiempo, según informó el Consistorio a través de un comunicado.

Estos controles técnicos periódicos ayudan a conocer las patologías de las construcciones y son de gran utilidad para «evitar que su retraso aumente el coste de la reparación», explica la nota. De esta forma, se consigue una «mejor conservación general» de la edificación y un incremento de su seguridad.

El primer informe es obligatorio para todos los inmuebles con una antigüedad igual o superior a los 50 años, en un periodo máximo de cinco años a partir de que hayan cumplido el medio siglo o dentro de los plazos específicos que conceda el Ayuntamiento al propietario del edificio «cuando sea requerido de forma expresa» por el Consistorio.

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A examen 85 edificios con más de 50 años de antigüedad en Santa Eulària

Adrián Moreno | Eivissa |

Seguridad, salubridad y ornato público. Estas son las tres condiciones principales que deberán incorporar las edificaciones levantadas antes o durante el año 1967 en Santa Eulària. Así se constata en la Ordenanza Municipal Reguladora del Informe de Evaluación de los Edificios, que entró en vigor el pasado 10 de marzo, y en la que se informa que los inmuebles con 50 años o más -salvo las viviendas unifamiliares, de uso agrícola, comercial o industrial- deberán someterse a la Inspección Técnica de Edificios (ITE) para evaluar su estado.

El Ayuntamiento de Santa Eulària ha anunciado que ya ha elaborado un listado de edificaciones con más de 50 años donde se han extraído un total de 85 inmuebles que requieren someterse a examen para comprobar su ‘salud’ y, en caso de necesitarlo, su posterior rehabilitación a fin de mantener las condiciones para la habitabilidad o el uso efectivo de la vivienda. Así, el consistorio ha empezado a «comunicar a los propietarios la necesidad de contar con este informe en un plazo máximo de cinco años».

La importancia de estas medidas, según ha indicado el consistorio de Santa Eulària, radica en garantizar, aparte de la seguridad, salubridad y ornato público, «el derecho al acceso y uso de estas edificaciones por parte de todo el mundo, eliminando barreras arquitectónicas y mejorando los elementos de uso para personas con capacidades especiales, además de mejorar la eficiencia energética».

Los técnicos que se encarguen de realizar la inspección deberán concluir expresamente si es posible o no la rehabilitación del inmueble o si, por el contrario, debe instarse a su demolición. Así, en el artículo 2 de la Ordenanza mencionada se…

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